Ciudad de México— El Gobierno federal publicó ayer el decreto que reforma el Artículo 90 de la Ley Federal del Trabajo para establecer que la fijación anual de los salarios mínimos, o la revisión de los mismos, nunca estará por debajo de la inflación observada durante el período de su vigencia transcurrido.
La enmienda establece que el salario mínimo es la cantidad menor que debe recibir en efectivo la persona trabajadora por los servicios prestados en una jornada de trabajo.
En el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación se señala que el salario mínimo deberá ser suficiente para satisfacer las necesidades normales del jefe de familia en el orden material, social y cultural, y para proveer a la educación obligatoria de los hijos.
También de que se considera de utilidad social el establecimiento de instituciones y medidas que protejan la capacidad adquisitiva del salario y faciliten el acceso de toda persona trabajadora a la obtención de satisfactores.
El decreto entrará en vigor hoy, tras haberse publicado ayer en el Diario Oficial de la Federación.